Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0257/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
II.2.
II.2. Cursa carnet de afiliación a la CNS de Romaneth Karen Pacheco Gallardo, certificado de atención prenatal, emitido por la CNS, certificados de incapacidad temporal, nota dirigida a Víctor Hugo Vásquez Mamani, Gobernador del departamento de Oruro, mediante el cual se solicita transferencia a otra oficina del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro; nota de 8 de junio de 2015, dirigida a Paola López Altamirano, Encargada de Recursos Humanos (RR.HH.) de la indicada institución, por la cual se solicita asignación familiar de subsidio de lactancia prenatal (fs. 29 a 34).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- aquello que se determine en la conminatoria deberá ser acatado por el empleador entre tanto se definan los derechos controvertidos en la vía judicial; en consecuencia, la tutela que obtenga el trabajador o trabajadora en sede administrativa laboral, conforme a los términos de las disposiciones legales antes señaladas, será siempre de carácter provisional
- continuidad y estabilidad de la relación laboral
- III.2.Sobre la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y padres progenitores. Su protección en sede constitucional
- la mujer en estado de gestación o lactancia, no puede ser removida de su puesto de trabajo hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad; previsión constitucional que versa sobre la protección de la maternidad por parte del Estado
- Fragmento 14
- i)
- provisional
- CONFIRMAR en todo