Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2016-S2
Fecha: 21-Mar-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
De la escueta e imprecisa acción de amparo constitucional, señala que: “…conforme se tiene en el documento de fecha 25 de septiembre del 2015, [contestó] a la comunicación de resolución de contrato, ante el silencio [presentó] nota en fecha 19 de octubre, y ante la negativa a [dar] una respuesta, [presentó] a la instancia pertinente nota de fecha 5 de octubre del 2015, solicitando que se [le] dé una respuesta oportuna y formal…” (sic). Sin embargo, hasta el día de presentación de la acción tutelar, no tuvo respuesta a los diferentes oficios que remitió oportunamente, dejándole en incertidumbre.