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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2016-S2

    Fecha: 21-Mar-2016

    II.2.

    II.2.    Por cite AEV/DIR.PND-CRT/ 0129/2015 de 22 de octubre, el Director Departamental de la AEVIVIENDA de Pando, respondió las notas de la accionante de 25 de septiembre de 2015 y 19 de octubre del mismo año, indicando que sus notas fueron remitidas a La Paz, pero por tardanza del courier no habían recibido aún ninguna respuesta (fs. 64).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  El derecho de petición
    • III.2.  A
    • sin embargo, no se advierte que la misma haya sido recibida por la accionante.
    • concedido
    • Fragmento 13

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