SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2016-S1

Fecha: 10-Mar-2016

1)

El tercer interesado en audiencia refirió que: 1) La apelación presentada por “AGROBOLIVIA Ltda.” contra el Auto que declaro probada la excepción de prescripción, fue presentada dentro de plazo, que además no fue observado a momento de contestar, por lo que hubo consentimiento; 2) El término de la prescripción empezara a correr desde la media noche el día en que se cometió el delito o en que ceso su consumación, y es en el último considerando del Auto de Vista que se hizo una exposición del caso, de los elementos expuestos en el recurso de apelación y reconoce que el delito tiene sus efectos más allá del momento de la presunta comisión del mismo, en ese sentido no existe falta de fundamentación; y, 3) Por no haberse incluido al tercer interesado Rosimar Fátima Lazzari Wazilewski, solicitó se declare la improcedencia de la acción tutelar o se deniegue en el fondo.