Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento de falta de fundamentación, a la igualdad, a la tutela judicial efectiva y a la “seguridad jurídica” citando al efecto los arts. 115, 119 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso y su elemento de fundamentación
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión,
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR