Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
II.3.
II.3. Cursa denuncia formal de 11 de mayo de 2015, presentada a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), a través de Luis Gonzales Añez denunció a Rosmery Añez y Dixon Escalante, por la presunta comisión de los delitos de abigeato, robo agravado y asociación delictuosa; por haber ingresado a su propiedad rompiendo candados y haberse apropiado de ochocientas cabezas de ganado (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. Sobre el debido proceso y sus alcances
- a una debida fundamentación
- III.4. El Ministerio Público y su rol en la investigación de los delitos
- c) Promover la necesaria coherencia y seguimiento de las actividades policiales en relación a la investigación
- III.5.
- III.
- CONFIRMAR