Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2016-S3
Fecha: 03-Mar-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante señala como lesionados sus derechos a la impugnación, al debido proceso en sus vertientes de legalidad, a la fundamentación y al juez natural respecto a la competencia, a la independencia e imparcialidad, citando al efecto los arts. 115, 116, 119, 120, 122 y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 inc. d) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 7, 10 y 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 2 incs. a) y b) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la legitimación activa
- Fragmento 13
- no se puede plantear una demanda de Amparo, sino demostrando ser el agraviado directo
- la protección del derecho al juez natural como elemento del debido proceso, está llamado a proteger y garantizar el derecho de las partes del proceso a ser juzgadas por una autoridad con competencia libre de toda injerencia e interés personal que pueda afectar una decisión objetiva e imparcial.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR