Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2016-S1
Fecha: 10-Mar-2016
II.4.
II.4. El 4 de noviembre de 2014, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 633/2014, anuló el Auto de Vista 49/2014 de 5 de mayo, disponiendo que el Tribunal Ad quem asuma una posición sobre las letras de cambio que fueron objeto de debate en la presente causa, sin responsabilidad por ser excusable (fs. 438 a 440).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. Del debido proceso: Elementos de fundamentación y motivación que le son inherentes
- III.4.Sobre la valoración de la prueba
- 1)
- i)
- CONFIRMAR