SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2016-S2

Fecha: 23-Mar-2016

II.1.

II.1.   Cursa la Resolución determinativa GGSC-DTJC 190/2006, de 24 de mayo,  en la que GRACO Santa Cruz del SIN, determinó sobre la base presunta la diferencia de ventas no declaradas que surgen de la entrega de azúcar por parte de UNAGRO S.A., a los productores cañeros sin la correspondiente emisión de la nota fiscal de venta, estableciendo la obligación impositiva que asciende al total de UFV7 447 125.- (siete millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento veinticinco unidades de fomento a la vivienda), equivalente a Bs8 663 091.- (ocho millones seiscientos sesenta y tres mil noventa y un bolivianos) a la fecha de emisión de la presente resolución, correspondiente al Tributo omitido, los interés y la calificación de la conducta, deuda calculada en aplicación de la Ley 1340 de 28 de mayo de 1992 (fs. 551 a 563).