SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2016-S3

Fecha: 03-Mar-2016

i)

El accionante a través de la actual acción de libertad, denunció que: i) En cumplimiento a la fianza real impuesta con anterioridad presentó certificación de tasación de joyas, solicitando al amparo del art. 244 del CPP, que la autoridad judicial demandada verifique la autenticidad y veracidad de las mismas y las acepte, mereciendo decreto que dispuso sea de conocimiento de las partes, aspecto que motivo que formule recurso de reposición; toda vez que, es el Juez de la causa quien debe hacer las verificaciones correspondientes; sin embargo, dispuso que se acreditará su valor, conforme a las reglas previstas en el art. 204 del CPP, dilatando se resuelva su situación jurídica; y, ii) El Juez demandado no dio cumplimiento a la SCP 1797/2014, que le concedió la tutela.