Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2016-S1
Fecha: 11-Mar-2016
II.2.
II.2. El 18 de noviembre de 2015, Reinaldo Mendoza Flores, funcionario policial, emitió informe, ante el Jefe de Seguridad del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, manifestando que el 15 de igual mes y año, Justo Cutipa Puña, fue trasladado al Hospital San Gabriel; empero, al no encontrarse el médico que le hubiese intervenido quirúrgicamente y tendría su historial médico, los familiares del ahora accionante decidieron retornar al señalado Tribunal Departamental de Justicia, desistiendo de ir a otro centro médico para su atención (fs. 13).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Salvo disposición contraria de este Código el juez o tribunal: 1) Dictará las providencias de mero trámite dentro de las veinticuatro horas de la presentación de los actos que las motivan
- celeridad
- despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas; exigencia que se hace más apremiante en aquellos casos vinculados a la libertad personal,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR