SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2016-S3

Fecha: 15-Mar-2016

PABLO HUASCAR ANGULO SALAZAR

De la revisión de antecedentes, se advierte que la accionante suscribió con la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martín de Porres Ltda., contrato individual de trabajo con duración indefinida; empero, mediante Comunicación Interna RH 249/2015 de 1 de junio, se determinó la suspensión de sus funciones en el cargo de Oficial de Créditos de la sucursal Cochabamba, en base a lo siguiente: “Toda vez que han surgido irregularidades dentro de la otorgación del préstamo otorgado al Sr. PABLO HUASCAR ANGULO SALAZAR detectadas en el proceso coactivo civil instaurado (…) a efectos de que se realicen las investigaciones pertinentes para su esclarecimiento, esta Gerencia ha determinado la SUSPENSION DE SUS FUNCIONES a partir de la fecha y mientras se realizan las acciones para aclarar el presente caso”(sic).

En ese contexto, los ahora demandados sostienen que no existiría la desvinculación laboral sino únicamente la suspensión y que continuarían cancelando los salarios y los subsidios a favor de la accionante, aclarando en audiencia tutelar que la referida determinación de suspensión fue asumida como una medida de protección a la cooperativa, hasta que se investigue en la jurisdicción penal la denuncia presentada en contra de la hoy accionante.