Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2016-S3
Fecha: 15-Mar-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) La nulidad de todas las actuaciones realizadas por la Gerencia Regional de la ANB Tarija hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta la notificación con la Resolución Sancionatoria AN-GRT-GR 016/2015 de 9 de junio; b) El cese inmediato de la ejecución tributaria iniciada y realizada mediante PIET AN-GRT-RS 017/2015 de 15 de julio, “…en especial la retención de fondos ordenada y practicada a través de la ASFI…” (sic); y, c) El resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados a ser calificados en ejecución del fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- actuar en contrario se desnaturalizaría la esencia y finalidad de esta acción de defensa, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica
- si este Tribunal Constitucional, llegase a pronunciar resolución en el fondo, se correría con el riesgo, de que puedan emitirse dos resoluciones paralelas que podrían ser contradictorias, tanto en la justicia ordinaria como en la constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR