Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2016-S3
Fecha: 22-Mar-2016
II.3.
II.3. Por Auto de Vista 120/2015 de 8 de diciembre, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro -hoy demandados-, declararon improcedente la apelación formulada por la accionante, confirmando en todas sus partes el Auto apelado (fs. 56 a 63 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- ii)
- iii)
- CONFIRMAR