DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Sobre el literal “j”

De la revisión del precepto reformulado, se tiene que el mismo establece que las aullagueñas y los aullagueños tendrán el deber de censarse y sufragar, disposición de la cual no se advierte incompatibilidad en cuanto no se entienda que esta población deba cumplir estos deberes de manera inexcusable y obligatoria en la Marka Pampa Aullagas, sino de manera opcional al establecerse una preferencia para su cumplimiento dando lugar a que esta población pueda ejercer dichos deberes en lugares distintos a los de la Marka; en cuyo sentido, esta disposición no reviste de incompatibilidad con la Norma Suprema.