Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2016-S2
Fecha: 01-Abr-2016
II.4.
II.4. Interpuesto recurso de apelación por Máxima Villalta Berríos vda. de Jorge contra la Resolución mencionada en la Conclusión precedente, que confirmó el Auto de desestimación de su trámite de renta de viudedad que por derecho le corresponde como legítima y legal esposa, a la fecha viuda (fs. 46 a 47); recurso ante el cual, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 149, revocó las Resoluciones 7614 y 00882/13, ordenando a la Comisión Calificadora de Rentas del SENASIR, la calificación de la renta de viudedad en favor de Máxima Villalta Berríos vda. de Jorge en su calidad de derecho habiente (fs. 29 a 30 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso y sus alcances
- III.2. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.3. Sobre la congruencia de las resoluciones
- III.4. Sobre la correcta valoración de las pruebas
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo