SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0311/2016-S2
Fecha: 01-Abr-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la lesión de sus derechos al debido proceso en su vertiente fundamentación de las resoluciones judiciales; y, a la defensa; toda vez que, las autoridades demandadas -Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal y Vocales de la Penal Primera-, a su turno, primero frente a la excepción de prescripción por el delito de uso de instrumento falsificado interpuesto de su parte, por Auto Interlocutorio de 5 de marzo de 2015, la Jueza a quo declaró improbada, disponiendo la prosecución de la investigación, al considerar que todas las excepciones debieron ser presentadas en un solo acto; Resolución que fue confirmada al resolver los Vocales demandados el recurso de apelación incidental, con el fundamento que la autoridad a quo no vulneró ninguna norma; es decir, los extremos denunciados y pedido sean absueltos, no fueron resueltos, pues no existe fundamentación del porqué de su decisión, lo cual lo sume en incertidumbre jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo