SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2016-S2

Fecha: 01-Abr-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, por sí y en representación del Sindicato “Señor del Buen Viaje” Línea 210, alega la vulneración de los derechos de los miembros de éste al trabajo, a “una actividad económica legal”, al debido proceso, a la defensa, a una justicia transparente, a la igualdad y a ser informados, toda vez que las autoridades demandadas –Jefe de Transporte y Vialidad y el Director Regional de Transito, Transporte y Seguridad Vial de Quillacollo–, frente a una simple denuncia por supuestamente un desvío de ruta de la Central de Trasportes Quillacollo, el primero solicitó el repliegue de sus unidades motorizadas y el segundo en una clara ostentación de poder, ejecutó este pedido en inobservancia de la OM 51/91 que los habilita para el transporte público, mediante actos que no tienen asidero en normativa alguna, traducidos éstos en la retención de las licencias de conducir de sus afiliados y de los letreros identificativos de la Línea a la que pertenecen; con el añadido que frente a sus solicitudes de frenar estos repliegues y otros, no se pronunciaron de manera positiva ni negativa.