SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2016-S2

Fecha: 01-Abr-2016

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado de la accionante ratificó in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar; enfatizando en relación a los memoriales presentados por la tercera interesada que, el Auto de Vista objeto de la acción de defensa, no es susceptible de otro recurso ordinario, por disposición expresa del art. 518 del CPC.1976, habiéndose interpuesto en ejecución de sentencia, etapa en la que, únicamente procede la apelación en efecto devolutivo, sin recurso ulterior. Por otra parte, anotó que, la tercera interesada, reconoció que la accionante es titular de un inmueble cuyas escrituras se encuentran debidamente registradas en DD.RR., indicando sin embargo que, se trataría de un inmueble distinto pero sobrepuesto; elementos que precisamente no fueron considerados en el Auto de Vista, objeto de la acción de defensa.