SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2016-S2

Fecha: 08-Abr-2016

denegó

La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció la Resolución 014/2015 de 17 de diciembre, cursante de 162 a 173 vta., por la que denegó la tutela con los siguientes fundamentos: i) Los accionantes tenían que demostrar por qué la interpretación desarrollada por las autoridades demandadas vulneraron sus derechos y garantías constitucionales, debieron probar la vulneración del derecho a una resolución congruente y motivada que afectómaterialmente el derecho al debido proceso, que la valoración de la prueba fue efectuada apartándose de los marcos de razonabilidad y equidad, que el ordenamiento jurídico fue aplicado lesionando sus derechos y garantías constitucionales; ii) Si bien la parte accionante efectuó una relación ampulosa y detallada de los hechos, precisando los derechos supuestamente vulnerados o lesionados; empero, no explicó de qué manera la labor interpretativa impugnada resultó arbitraria, incongruente e ilógica y con error evidente; iii) No identificaron en forma clara y precisa si las autoridades demandadas omitieron cumplir con las reglas de interpretación admitidas por el derecho, no siendo suficiente argüir que se lesionó sus derechos al debido proceso, a la defensa y otros debiendo demostrar la dimensión por lo que las autoridades demandadas se apartaron de los marcos de razonabilidad y equidad; y, iv) Se pretende convertir la jurisdicción constitucional en última instancia o recurso ordinario casacional, cual si se tratase de un trámite o proceso ordinario inadmisible constitucionalmente, resuelto en los diferentes fallos emitidos por el máximo Tribunal Constitucional Plurinacional.