SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2016-S2

Fecha: 25-Abr-2016

III.2.

Al respecto, la justicia constitucional ha establecido la doctrina de las autorestricciones (self restrictions), concerniente a la interpretación de la legalidad ordinaria y de la valoración de la prueba, ante la probable vulneración de derechos y garantías constitucionales, esta instancia en cumplimiento de su mandato constitucional de resguardo y cumplimiento de la Constitución Política del Estado, estableció que la jurisdicción constitucional, si bien no puede revisar la labor interpretativa efectuada por jueces y tribunales ordinarios y tampoco valorar las pruebas del proceso, puede verificar si dichas autoridades, al haber interpretado erróneamente la ley o haber valorado incorrectamente el acervo probatorio, hubieran ocasionado lesión a derechos o garantías constitucionales.

En este contexto, conforme se evidencia de la SCP 0340/2016-S2 de 8 de abril, el anterior Tribunal Constitucional consideró necesario establecer reglas y subreglas de aplicación y cumplimiento necesario a efectos de que esta jurisdicción pudiera revisar la labor interpretativa y valorativa de la justicia ordinaria; así, acorde al desarrollo jurisprudencial analizado previamente, resulta imperioso, necesario y fundamental, integrar el entendimiento jurisprudencial y presupuestos procesales respecto a la doctrina de las autorestricciones de la jurisdicción constitucional sobre la interpretación de la legalidad ordinaria y la valoración de la prueba, y para lo cual, debemos remitirnos a la jurisprudencia citada en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.