SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2016-S1

Fecha: 07-Abr-2016

a)

Solicitó se le conceda la tutela impetrada y en consecuencia: a) Se determine la responsabilidad civil y se disponga la reparación de daños y perjuicios en la suma de Bs307 774,08.-; b) Se califique costas en la suma Bs28 600.- (veintiocho mil seiscientos bolivianos); c) La remisión de una copia del fallo constitucional a la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) donde prestaron sus servicios, los militares que cometieron abuso de poder, a objeto de inicio de proceso de repetición; d) La remisión de antecedentes al Ministerio Público a objeto de la comprobación de delitos de corrupción, daño económico al Estado, resoluciones contrarias a la Constitución y a las Leyes e incumplimiento de deberes; y, e) Se tome en cuenta el daño moral y atentado a su proyecto de vida.

Omar Jaime Salinas Ortuño, Comandante en Jefe de las FFAA, por intermedio de su abogado, manifestó que: a) El art. 245 de la Ley Fundamental, es equivocadamente usado por el accionante para pretender accionar contra las FFAA, respecto a resarcimiento de daños y perjuicios que no son de su competencia; b) No se dio cumplimiento al principio de subsidiariedad; c) El accionante tiene el deber de conocer el art. 93 de la LOFA, relativo a la reincorporación, que en ningún caso considera resarcimiento económico, reconocimiento de antigüedad o grado, ni años de servicio; y, d) Los Tribunales Superior y de Personal, se rigen por los Reglamentos que señala el art. 10 de la antedicha Ley, sin que tengan competencia para conocer lo que forzadamente pretende el accionante; lo contrario deviene en usurpación de funciones y va en contra de lo que prevé la ley.