SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2016-S1

Fecha: 07-Abr-2016

II.5.

II.5.  Liliana Mendoza, Secretaria de Cámara de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante certificación de 24 de diciembre de 2015, señaló que el 8 del mencionado mes y año, remitieron la apelación al juzgado, un día después se señaló audiencia para el 15 de igual mes y año, habiéndose efectuado la misma; debido a la recarga laboral en Secretaría se demoró en la elaboración y devolución de obrados al Juez de la causa. Posteriormente, el 23 del mencionado mes y año, el abogado del accionante solicitó se remita actuados del caso y acta de audiencia de apelación al juzgado de origen; sin embargo, sin esperar respuesta a su memorial interpuso la presente acción tutelar; asimismo, señaló que la remisión de  actuados al Juzgado de origen se la efectuó el 24 de igual mes y año (fs. 32).