SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2016-S3

Fecha: 06-Abr-2016

será sujeto a convocatoria

Los tres actos administrativos lesionan el derecho a la estabilidad laboral; puesto que, el primer Memorando de designación se refería a que dicho cargo “…será sujeto a convocatoria” (sic), siendo que su persona cumplió con los requisitos del perfil para el puesto, de lo cual se desprende que al tener ítem excepcional adquirió una estabilidad laboral proporcional y progresiva, tal cual lo establece el art. 2 del Decreto Supremo (DS) 26319 de 15 de septiembre de 2001 y la referida Resolución Bi-Ministerial.