SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2016-S3

Fecha: 13-Abr-2016

II.2.

II.2.    Por Resolución de sobreseimiento de 25 de abril de 2005, emitida por la entonces Fiscalía del Distrito de Tarija, se dispuso lo siguiente: a) El sobreseimiento de Rubén Choque García -ahora accionante- al ser evidente que el hecho de contrabando no existió por parte del nombrado, y pese a que la Aduana Regional de Tarija de la ANB, solicitó a la Oficina Consular de la República de Argentina, proporcione información sobre presunto registro policial de robo o hurto, dicha instancia no se pronunció en el plazo previsto por el “…Art. III numeral 2 del Convenio de Restitución y el Art. 16 del Acuerdo de Asunción…” (sic); b) Si bien la Aduana Regional de Tarija de la ANB declaró la caducidad y extinción del derecho del presunto propietario del vehículo, este debe quedar en dependencias del recinto aduanero “SWISSPORT”; y, c) Sin embargo, el motorizado indicado no puede ser nacionalizado por el imputado -hoy accionante-, debido a que en el sistema informático del RUA persiste la denuncia de robo, por lo que el mismo deberá quedar en instalaciones de la Aduana Interior Tarija de la ANB, por encontrarse indocumentado; vale decir, no cuenta con una póliza que ampare su legal internación al constituir objeto del delito de robo, lo que evita perfeccionar el derecho propietario (fs. 6 y vta.).