SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2016-S3

Fecha: 13-Abr-2016

denegó

El Juez Noveno de Partido de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 33/2015 de 4 de noviembre, cursante de fs. 80 a 82, denegó la tutela solicitada bajo los siguientes fundamentos: 1) El accionante en varias oportunidades reitera que por impericia de su abogado defensor se hubieran cometido una serie de errores procesales ya que no se realizó una defensa adecuada; en ese sentido tanto los colegios de abogados como el ministerio de justicia pusieron a disposición de quienes se ven afectados por la actuación de estos profesionales, los Tribunales Departamentales y Nacionales de Ética de los abogados así como los Tribunales de Honor, no haciendo referencia la parte accionante de haber acudido a alguna de estas instancias; 2) Se tiene claramente establecido que los Tribunales de alzada solo pueden pronunciarse respecto a los puntos impugnados, no así sobre otros aspectos, pues ello daría lugar a resoluciones ultra petita; y, 3) Siendo que la presente acción tutelar se basó únicamente en que el abogado del accionante actuó con negligencia, dicha denuncia está abierta a la normativa que regula el ejercicio de la abogacía así como a las vías ordinarias de protección y no así a la acción de libertad.