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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2016-S3

    Fecha: 13-Abr-2016

    III.2.  Análisis del caso concreto

               La relación expuesta, permite advertir que el accionante a tiempo de exponer los hechos que presumiblemente lesionan sus derechos constitucionales, hace énfasis a la intervención de su abogado defensor en la audiencia conclusiva, así como en la fase de apelación, denunciando que dicho profesional hubiera actuado con negligencia e impericia, vulnerándose así su derecho al debido proceso.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
    • la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
    • Fragmento 13
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • siendo el primero, que los actos denunciados como lesivos
    • referido a la existencia de un absoluto estado de indefensión
    • Fragmento 17
    • CONFIRMAR

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