Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2016-S3
Fecha: 13-Abr-2016
II.2.
II.2. Por Resolución de audiencia conclusiva 533/2014 de 16 de septiembre, la autoridad jurisdiccional actualmente demandada declaró improbada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso así como el abandono de la querella; asimismo rechazó los incidentes de nulidad por defecto absoluto y exclusión probatoria, todos interpuestos por el accionante (fs. 13 a 15 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- siendo el primero, que los actos denunciados como lesivos
- referido a la existencia de un absoluto estado de indefensión
- Fragmento 17
- CONFIRMAR