Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0458/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, ordenando la restitución de los derechos restringidos y suprimidos, disponiendo se dicte nueva resolución dando respuesta al recurso de casación en el fondo planteado por el SENASIR, y se tomen en cuenta las reglas de congruencia y pertinencia entre lo pedido, observado, invocado y fundamentado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones, como componente del debido proceso
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- c) Debe describir de manera expresa los supuestos de hecho contenidos en la norma jurídica aplicable al caso concreto, d) Debe describir de forma individualizada todos los medios de prueba aportados por las partes procesales,
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- b)
- c)
- d)
- no puede realizar una nueva valoración de la prueba sobre la problemática de fondo que motivó la decisión judicial o administrativa impugnada
- CONFIRMAR