SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2016-S1

Fecha: 25-Abr-2016

III.1.1. Economía comunitaria, la propiedad y el trabajo

En la actualidad, un promedio de treinta y tres familias trabajan como operadores de servicio turístico, organizados bajo una “Asociación de Prestadores de Turismo”. Entre los atractivos que ofrece dicha comunidad, están: el acceso al salar, hospedajes en las casas de la comunidad, observatorios, ascenso al volcán, las Momias de Coqueza y objetos (vajillas, utensilios de uso cotidiano) que se exponen como patrimonio arqueológico. También se encuentra un Mirador (observatorio astronómico del Volcán Thunupa), en las faldas del mismo,  el cual ofrece una visión hacia el Salar y sus islas. En el ascenso la Volcán se encuentran diferentes pisos ecológicos, las especies de flora se caracterizan por la presencia de tholares, pajonales y cactáceas, lugares que están a 3600 y 4700 msnm.

Para la comunidad de Coqueza el turismo representa su principal actividad que genera ingresos a todos sus asociados, en cambio para la empresa “Diamante Tours”-“Nueva Esperanza”, hoteles privados, es una fuente potencial de riqueza. Esta diferencia es visible en la forma como se ofrecen los servicios de hospedaje, por la comunidad y dichas empresas.

En lo que concierne a las tierras de la Comunidad de Coqueza, se observó un aparente abandono, entendemos producto de la migración de sus propietarios a las ciudades. Cada familia tiene sus propias parcelas situadas tanto en la falda del cerro como en el borde del salar a modo de lotes. El conflicto que tiene dicha comunidad respecto al tema de la tierra, radica en la denuncia de una supuesta apropiación de lotes de terreno por parte del ciudadano Mueses Calcina Berna, en áreas que la comunidad considera como bofedales para la crianza de las llamas. Por su parte, el empresario privado indica que se hubiese comprado esos terrenos.

Sobre el contexto cultural que existe para la administración de justicia en la comunidad, se pudo identificar que aún persiste una noción integral del delito, infracción o quebrantamiento de la norma comunitaria oral. Entre las sanciones de la comunidad se tienen establecidas para aspectos internos, como el tema tierras, cumplimiento de funciones sociales y otros; no existe regulación para la actividad del turismo.