DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2016

Fecha: 23-May-2016

III.1. Concepción de la vida (cosmovisión de las naciones y pueblos  indígenas originarios campesinas)

La comosvisión de las NPIOC, considera que el cosmos y la pacha (todo el entorno donde se encuentra la naturaleza, el hombre y las deidades) reproducen vida permanentemente, por su estructura complementaria de opuestos (masculino femenino, hombre mujer, macho hembra, positivo negativo, arriba abajo), quienes iteractuan complementariamente. Huanacuni nos menciona que “nuestros ancestros comprenden que la existencia de dos fuerzas, la cósmica que viene del universo, del cielo (pachakama) y la fuerza telúrica de la tierra (pachamama), generan toda forma de existencia, estas dos fuerzas convergentes están expresadas en todo proceso de la vida” (Huanacuni, Vision Cósmica de los Andes, 2005).

Proteger la vida, es un iwxa (principio, valor, mandamiento) desde la logíca de las NPIOC. El art. 190.II de la CPE ratifica, mencionando que: ”La jurisdicción indígena originaria campesina respeta el derecho a la vida…”. El sistema juridico indígena originaria, es la delegada para restablecer permanentemente el estado de armonía y equilibrio, para proteger la vida de toda forma de existencia (humana, naturaleza y las deidades).