Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2016-S3
Fecha: 08-May-2016
a)
Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga: a) Su inmediata reincorporación laboral al cargo que inicialmente ocupaba, con la misma remuneración; b) El pago de salarios devengados y demás derechos laborales; c) Reintegro de los salarios por la presente gestión con la actualización de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV); d) Subsidios de lactancia; y, e) Se deje sin efecto la comunicación que pudo haberse dispuesto a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Potosí, sobre el despido ilegal, injusto y arbitrario, así como a la Caja Nacional de Salud (CNS) y la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) Previsión Sociedad Anónima (S.A.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.6.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el cómputo del plazo de los seis meses de inmediatez comenzará a correr a partir de que el empleador se rehúse a cumplir la conminatoria
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR