SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2016-S3

Fecha: 08-May-2016

i)

Freddy Orozco Cuno y Jorge Uño Quinteros, en representación legal del Ingenio Minero “Veneros Villa Imperial” Ltda., en audiencia manifestaron que:                i) Conforme la prueba que se le hace llegar, se demuestra que existe un proceso de carácter laboral pendiente, tramitado en el “Juzgado Tercero de Partido de Trabajo”, pretendiendo la reincorporación laboral o pago de beneficios sociales, admitido por Auto de 15 de diciembre de 2014, en cuya substanciación por Auto de 21 de agosto del mismo año, se admite el desistimiento del proceso, disponiendo archivo de obrados con costas, declarándose la ejecutoria mediante Auto de 11 de septiembre de 2015, todo conforme certificado del juzgado donde se tramitó la causa; ii) Se les notificó con la Conminatoria de reincorporación y beneficios sociales, mismo que fue respondido, sin mayor pronunciamiento de la “Dirección Departamental del Trabajo”; y, iii) Respecto a los pagos que deberían según las notificaciones que realizaron, estos se efectuaron mediante un depósito al número de cuenta bancario otorgado por la “Dirección Departamental de Trabajo”, por cuanto se cumplió con el pago de beneficios sociales durante el proceso administrativo.