SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0404/2016-S2
Fecha: 03-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos al trabajo, al debido proceso en sus elementos a la debida motivación, del principio de legalidad y al juez natural; toda vez que, dentro del proceso sumario administrativo seguido en su contra, la Autoridad sumariante demandada en la presente acción de amparo constitucional, no valoró de manera adecuada las pruebas aportadas, misma que determinó responsabilidad tanto en la Resolución final del sumario administrativo como en la Resolución del recurso de revocatoria y jerárquico, por la supuesta vulneración y contravención del art. 28 incs. b y 1) del Reglamento de Oficialías y Oficiales de Registro Civil; con ello se lesionaron los derechos invocados en la presente acción tutelar, por lo que, solicita se anule el proceso administrativo seguido en su contra hasta fojas cero; es decir, Resolución sumarial 03/2015, Resolución de recurso de revocatoria 01/2015 y de recurso jerárquico de 21 de mayo de 2015, disponiéndose la restitución a su cargo de Oficial de Registro Civil.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Necesaria complementación de la doctrina de las autorestricciones de la jurisdicción constitucional respecto a la interpretación de la legalidad ordinaria y valoración de la prueba en la jurisdicción ordinaria. Integración jurisprudencial
- integrar el entendimiento jurisprudencial
- iii)
- (…) Sobre la fundamentación, motivación y congruencia, vinculadas a la interpretación de la legalidad ordinaria y la valoración de la prueba
- se hace preciso complementar esta doctrina de las auto restricciones
- De manera excepcional y como facultad potestativa del Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión de oficio, si la violación a los derechos fundamentales es grave y evidente según los datos del expediente; ante esta certeza, es posible ingresar al análisis de la legalidad ordinaria y de la valoración de la prueba como también de la fundamentación, sin necesidad de las exigencias desarrolladas por la jurisprudencia.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo