SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2016-S2

Fecha: 09-May-2016

a)

La accionante Rosmery Mariscal Ramírez, luego de la lectura del memorial de acción de amparo constitucional, señaló que: a) No asistieron a una sesión y que el resto es el trabajo de fiscalización, por lo que, según el Reglamento tienen que descontarles el 20 %, pero nada más; y, b) Se ha efectuado la fiscalización desde el 6 de noviembre, pese a que el “concejo” estaba cerrado.

Por su parte, el accionante Ponciano Mamani Mamani señaló que, dentro del Concejo Municipal tienen un Reglamento Interno y en el marco de la separación de órganos cuentan con una comisión disciplinaria de ética, siendo el Presidente el que hace la denuncia y el que puede efectuar las convocatorias, pero no una persona particular.