Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 31/2015 de 21 de mayo, cursante de fs. 726 a 728, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Luis Adalid Tejada Ponce en representación legal de la Empresa Minera “INTY RAYMI S.A.” contra Beatriz Vásquez Cortez y Bernardo Bernal Callapa, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a)
- Fragmento 15
- III.2. El principio de la seguridad jurídica, es tutelado vía acción de amparo constitucional cuando deviene de la inobservancia de algún otro derecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18