Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2016-S2
Fecha: 13-May-2016
II.5.
II.5. El 14 de noviembre de 2012, Roger Fernando Valente Ramos, apoderado legal de Eliodoro Valente Chambi, formuló denuncia ante el Ministerio Público contra la empresa minera “Inty Raymi S.A.”, representada por el accionante Luis Adalid Tejada Ponce, por los delitos contra la salud pública y destrucción o deterioro del Estado y la riqueza nacional (arts. 216. 1), 2) y 7) y 223 del CP), siendo imputado formalmente por el Ministerio Público el 28 de octubre de 2013 (fs. 160 a 167; 211 a 213).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a)
- Fragmento 15
- III.2. El principio de la seguridad jurídica, es tutelado vía acción de amparo constitucional cuando deviene de la inobservancia de algún otro derecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18