Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0511/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
III.2. Análisis del caso concreto
Mediante la presente acción tutelar el accionante denuncia que los Jueces Técnicos hoy demandados emitieron mandamiento de aprehensión en su contra, mismo que en forma posterior y aduciendo rectificación, dichas autoridades libraron mandamiento de detención preventiva, alegando que su decisión se realiza en observancia de la Resolución de una acción de amparo constitucional, actuaciones que habrían motivado la vulneración de los derechos que hoy pide su tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Toda autoridad judicial está obligada de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- De lo que se concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca
- III.2. Análisis del caso concreto
- detención preventiva
- CONFIRMAR