Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0520/2016-S2
Fecha: 23-May-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncian la lesión de sus derechos a la propiedad colectiva por la vía de dotación, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 13, 14.III, IV, 56.II, 115.II, 117.I, 120.I, 128, 129 y 393 de la CPE; 20, 25, 26 y 27 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por Resolución de la Asamblea General de la ONU el 12 de septiembre de 2007 y ratificada por Ley 3760 de 7 de noviembre de 2007; y, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con poder suficiente
- condicionando su representación a la existencia de un poder suficiente
- a quien únicamente se llamará representante con o sin mandato ‘del o los accionantes’ o ‘de la o las accionantes
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR