SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0523/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0523/2016-S2

Fecha: 23-May-2016

II.1.

II.1.  Cursa la nota de respuesta COSEREMUY CITE OFIC 2/2016 de 11 de febrero, correspondiente a la propuesta económica por el uso de postes de energía eléctrica que administra la COSEREMUY Ltda., señalando: a) El rechazo de la propuesta de la accionante, por considerarla “atentatorio y discriminatorio, burla y falta de respeto a institucionalidad” (sic) e incoherente; b) La omisión a reconocer su deuda, por el alquiler de postes en forma retroactiva y no desde la firma de contrato; y, c) Ante la inexistencia de contrato o convenio escrito y falta de pago por el uso de postes sin autorización determinan: 1) La notificación a las empresas públicas, privadas, unipersonales de comunicación (ENTEL, TIGO, etc.), que hacen uso de postes de energía eléctrica que administra la COSEREMUY Ltda., la cancelación anual de Bs72.- por poste, con retroactividad al inicio de sus operaciones; 2) La determinación de deuda de Bs63 360.- contra la accionante; 3) El plazo de cinco días para la regularización y conciliación de cuentas; y, 4) En caso de cumplimiento, el aviso de retiro de sus instalaciones de servicio, por el uso de postes sin autorización (fs. 1 y 2).