SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2016-S3

Fecha: 09-May-2016

i)

En traslado, los ahora terceros interesados, respondieron a dicha apelación de la siguiente manera: i) Que la apelación argumenta una serie de situaciones ajenas a la propia Resolución, no se expresa, ni se describe ningún agravio; ii) No indica las causas para sostener la afirmación de que el Auto es “…contradictorio, tergiverso, malicioso, ostensiblemente parcializado e injusto…” (sic); iii) Tampoco señala quienes son los más de diez Fiscales que conocieron el presente caso, ordenando devolución de sus pertenencias, con un ocultamiento aduanero de las mismas, bajo pretextos fútiles; iv) Que el tercero interesado Willan Elvio Castillo Morales y Cinthya Yanirah Suarez Patiño contrataron Notario de Fe Pública 88 y que la autoridad judicial ahora codemandada hubiera ignorado muestrarios fotográficos, declaraciones testificales, informes policiales y otros, sin indicar qué debió considerar el Juez; v) El accionante se limita a efectuar una serie de afirmaciones fuera de contexto, omitiendo requisitos de fondo concernientes a la fundamentación del recurso; es decir, no indica qué califica como errores de hecho y de derecho que contiene la Resolución imputada, no precisa la naturaleza del agravio producido, tampoco demuestra cual el interés y la legitimidad; y, vi) El ahora accionante no apreció ningún hecho o condición en los que se fundamenta la resolución dictada por la autoridad evidenciándose más bien una total ausencia de fundamentación fáctica y jurídica en su memorial.