SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por Leónidas Chirinos Torrico -hoy accionante- contra Willan Elvio Castillo Morales, Guadalupe Sofía Aleida Orellana Medrano y otros -ahora terceros interesados-, por la presunta comisión del delito de robo agravado, sustanciado por Adolfo Rueda Artunduaga, Juez Sexto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz -actual codemandado- bajo el procedimiento de delitos de acción privada a raíz de una conversión de acción penal pública a privada, dispuesta por el Ministerio Público, los terceros interesados plantearon objeción de querella, la que fue resuelta por el referido Juzgador mediante Auto 18/15 de 16 de marzo de 2015, disponiendo la desestimación de la querella (fs. 412 a 414).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- desestimación de querella
- Fragmento 4
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR