Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
Fragmento 8
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la aplicación de la norma más favorable; toda vez que, la autoridad demandada a tiempo de emitir la Resolución GPJ 172/15, por la cual revocó la Resolución de sobreseimiento dispuesta a su favor, omitió expresar la respectiva fundamentación, en franca contravención a la normativa penal vigente, existiendo contradicción entre la parte considerativa y dispositiva.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 8
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada,
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- REVOCAR