SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2016-S3

Fecha: 09-May-2016

III.2. Análisis del caso concreto

         De la lectura de la Resolución GPJ 172/15, emitida por la autoridad demandada, se advierte que en sus elementos de convicción para derivar el caso a la instancia de juzgamiento, en principio efectuó una relación fáctica de los hechos ocurridos, procediendo en consecuencia a la descripción de elementos probatorios aportados a la causa, como ser: la denuncia, el documento transaccional, las entrevistas realizadas, el muestrario fotográfico, el acta de allanamiento, los comprobantes de registros de marcas, declaraciones, señalando en la parte probatoria la existencia de indicios que permiten inferir clara y lógicamente la posesión ilegal de armas de fuego sin justificativo legal alguno, es más consideró que tal circunstancia también se encuentra acreditada con el acta de allanamiento, evidenciando -la autoridad demandada- la existencia de suficientes elementos de convicción que permitan determinar que el imputado es con probabilidad participe o responsable del hecho delictivo referido. Por otra parte, citando algunos artículos que consideró pertinentes para el supuesto delito de abigeato, concluyó que no encontró suficiente acreditación, ya que no demostró que el imputado arrió el ganado con destino a su propiedad, que existió el apoderamiento del ganado, desconociéndose también a quién pertenece el torillo que cuenta con doble marca, cuándo fueron realizadas éstas ni cuál de ellas fue la primera.

         En ese marco y conforme la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional, se establece que el Fiscal Departamental demandado al emitir la Resolución cuestionada, expresó la suficiente fundamentación y motivación, contrastando los argumentos vertidos por el Fiscal de Materia que dispuso el sobreseimiento, efectuando una relación integral de los hechos y los antecedentes, identificando con claridad los elementos probatorios que le llevaron a asumir tal posesión, expresando las razones por las cuales consideró que el Fiscal de Materia equivocó la decisión de sobreseimiento, efectuando cita de la normativa penal aplicable al caso, con relación al porte o portación de armas de fuego. De donde se tiene que la Resolución emitida por la autoridad hoy demandada, cumple con la exigencia de fundamentación y motivación, habiendo mantenido una coherencia y armonización con los fundamentos valorativos entre la parte resolutiva y los antecedentes establecidos en su parte considerativa.