SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2016-S2

Fecha: 23-May-2016

Fragmento 12

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a los derechos de las personas con discapacidad; sosteniendo que el Director Técnico de SEDECA-Tarija, pese a haber contado con una serie de contratos a plazo fijo desde las gestiones 2013 a 2015, este procedió a suscribir un último contrato el cual finalizaba el 31 de diciembre de 2015, haciendo mención al contrato a plazo fijo 585/2015, encontrándose a la fecha sin trabajo; sin haber considerado su situación de madre a cargo de una hija menor de edad con discapacidad física del 45% acreditada con carnet de discapacidad y contar con un informe legal emitido por el propio SEDECA que garantiza su inamovilidad laboral de persona con discapacidad; ante esta situación se formuló denuncia a la Jefatura Departamental de Trabajo de Bermejo; el cual el 16 de marzo de 2015 emitió la conminatoria de reincorporación, a la cual no se dio cumplimiento, por lo cual por segunda vez se conminó nuevamente por Conminatoria de reincorporación JDTT 31/2016 de 26 de enero del mismo año emitido por el Jefe Departamental de Trabajo a.i de Tarija, a la empresa denunciada, a la inmediata reincorporación de la ahora accionante, más el pago de salarios devengados; sin embargo, no se dio cumplimiento esta.