Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0533/2016-S1
Fecha: 12-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes por sí y por intermedio de sus representantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación, al acceso a la justicia, a la seguridad jurídica y al principio de legalidad, debido a que las autoridades demandadas emitieron la Sentencia Agroambiental Nacional S1 90/2015, declarando improbada la demanda contencioso administrativa interpuesta contra el Director Nacional del INRA, dejando firme y subsistente la Resolución Administrativa RA-SS 2388/2014 de 20 de noviembre de 2014, sin fundamentación y sin considerar los antecedentes del proceso de saneamiento y las normas aplicables.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. Valoración de la prueba en sede constitucional
- la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
- III.3.El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR