Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2016-S1
Fecha: 12-May-2016
II.2.
II.2. El 17 de enero de 2014, el ahora accionante y Directora Departamental de SEDEGES-Beni, firmaron el “contrato administrativo del servicio de consultoría individual de Línea Técnico del Programa Si a la Vida No a las Drogas” (sic), con una duración de cinco meses y catorce días, computables a partir del 17 de enero al 30 de junio del mismo año (fs. 48 a 50).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Alcances y carácter de los contratos de consultoría en línea
- de acuerdo con los términos de referencia y las condiciones establecidas en el contrato”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR