Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2016-S1
Fecha: 12-May-2016
II.3.
II.3. El 30 de junio de 2014, la Directora Departamental de SEDEGES Beni y Delmer Cuellar Cortez, suscribieron el “contrato administrativo del servicio de consultoría individual de Línea Técnico de la Unidad de Comunicación y Relaciones Públicas del SEDGES-Beni” (sic), con una duración de seis meses, computables a partir del 1 de julio al 31 de diciembre de 2014 (fs. 51 a 53).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Alcances y carácter de los contratos de consultoría en línea
- de acuerdo con los términos de referencia y las condiciones establecidas en el contrato”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR