SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0547/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
iii)
iii) En el quinto punto, respecto al certificado médico emitido por Oscar Parada, Pediatra de la menor y de los informes emitidos, tampoco desacredita el certificado médico forense y la declaración de la víctima y los informes psicológicos correspondientes; toda vez que, la revisión realizada por el médico pediatra, no fue precisamente del área genital para establecer un posible abuso sexual; asimismo, consideró que la revisión realizada fue el 17 de febrero de 2011 y el certificado médico data de 24 del mismo mes y año, establece desgarro reciente con una data de menos de diez días, pudiendo ocurrir el hecho después del 17 del mes y año citado, y tomando en cuenta que el progenitor por orden judicial tenía derecho de pasar con su hija los fines de semana;
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.2.
- II.3.
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- Fragmento 16
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada
- pudiendo demostrar ampliamente en juicio si la acusación del fiscal es errónea,
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR