Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
II.1.
II.1. Consta contrato de arrendamiento de 11 de diciembre de 2013, sobre una fracción de terreno más su respectivo reconocimiento de firmas, por el cual, Basilia Montes Aramayo -ahora demandada- dio a Eliseo Mamani Zenteno -hoy accionante- y Sandra Vargas Heredia, en calidad de alquiler o arrendamiento una fracción de lote de terreno de 4 por 5 m., es decir 20 m², por la suma libremente convenida de Bs500.- (quinientos bolivianos) mensuales, fijando el plazo del contrato en un año forzoso que comenzó a correr el 29 de noviembre del 2013, y otro año que sería renovable entre partes de manera voluntaria (fs. 2 a 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante la existencia de medidas de hecho
- III.2. En cuanto a la presentación de la prueba, para la consideración de medidas de hecho
- Que las medidas de hecho denunciadas por lo general deben ser probadas por el o los accionantes; ya que debe demostrarse con certeza que indudablemente se han suscitado los actos que lesionaron los derechos y/o garantías denunciados.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR